Certificado de Convivencia Histórico. Padrón Vigente desde 1 mayo de 1996
Concepto
La obtención de documento que acredita el empadronamiento de una persona en todas las direcciones registradas en los Padrones municipales de habitantes, desde el 1 de mayo de 1996, y la relación de personas inscritas con ella
Requisitos
Estar o haber estado empadronado en el vigente Padrón municipal de habitantes de San Cristóbal de La Laguna
Dónde solicitar
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S.A.C. Centro Ciudad. C/ San Agustín, 38
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S.A.C. La Cuesta. C/ Abreu y Valdés, 1
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S.A.C. Taco. C/ Los Charcos, s/n Edificio Joy
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S.A.C. Tejina. C/ Marina González González, 7
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S.A.C. Valle de Guerra. C/ Calvario, 1 (Centro Ciudadano)
- Por correo postal al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, C/ Obispo Rey Redondo nº 1, CP-38201
¿Cuándo solicitar?
Durante todo el año
Documentación necesaria
- Documento de identidad del/de la solicitante
Españoles: DNI, pasaporte o permiso de conducir
Extranjeros comunitarios (o asimilados) Tarjeta de residente, NIE, pasaporte, Certificado de Registro de Ciudadana de la Unión
Extranjeros no comunitarios NIE/ pasaporte - Acreditar la representación con la que actúa, en su caso
Pago de tasas
- 4 euros
Tasa suspendida temporalmente, hasta el 31 de diciembre de 2020
Plazo resolución
15 días
Carácter silencio administrativo
No se aplica
Unidad Tramitadora
Servicio de Régimen General e Información Ciudadana. Área de Presidencia y Planificación
¿Quién resuelve?
Secretaría Técnica
Fundamentos legales
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos y derechos de examen
Impresos
Fichero | Tamaño | Formato |
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Solicitud | 1531.61 Kb | Formato: pdf |