La Laguna abre el plazo de solicitud de las ayudas complementarias para personas mayores
Bienestar Social cuenta con una partida de 146.000 euros para atender y paliar situaciones de primera necesidad
El Ayuntamiento de La Laguna ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia la convocatoria de ayudas complementarias para personas mayores, una línea de soporte económico impulsado por el área de Bienestar Social encaminada a atender y paliar situaciones de primera necesidad que afecten a la condición social y material de los mayores del municipio.
La dotación económica para atender el gasto de esta convocatoria pública asciende a 167.413 euros. Las ayudas de tipo complementario se conceden según los baremos de la situación personal del solicitante, con cuantías que oscilan entre 210,40 y 450,80 euros. El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria permanecerá abierto hasta el 15 de septiembre.
La concejala de Bienestar Social, María Cruz, señala que con estas ayudas “tratamos de atender a un sector de la población especialmente vulnerable y cada vez más numeroso, para que puedan afrontar esta etapa de su vida en las mejores condiciones y garantizar que sus necesidades básicas están cubiertas”. En este sentido, María Cruz explica que “estas ayudas se destinan a cubrir gastos en materia de alimentación, tratamientos de salud y rehabilitación, o suministros de la vivienda, entre otros”.
La concejala recuerda que en el pasado ejercicio el área de Bienestar Social gestionó un total de 403 solicitudes, de las cuales fueron concedidas 375, por un importe total 110.071 euros. La previsión del área es que este año se tramite un número de ayudas similar.
Los requisitos establecidos las bases reguladoras de estas prestaciones económicas incluyen que la persona solicitante esté empadronada y acredite residencia efectiva en el municipio en la fecha de presentación de la solicitud; que tenga 65 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud o 60 años en el caso de las personas perceptoras de una pensión o ayuda asistencial (PNCI, FAS, SOVI, LISMI, PCI, RAI y análogas); que la renta per cápita de la unidad familiar no sea superior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente, no estar en posesión de más propiedades que la vivienda habitual, así como que la suma de los ingresos de la unidad familiar no supere el 2,5 del IPREM.
Para más información y asesoramiento, Bienestar Social pone a disposición de las personas interesadas el Servicio municipal de Atención telefónica para Personas Mayores (SAM), disponible en la línea gratuita 900 701 011 y en horario de 9:00 a 14:00 horas.